Tal y como comunicamos en nuestro Boletín Jurídico del 08 de febrero de 2022, a finales de este mes de junio, algunas empresas con capital extranjero, así como algunas personas físicas y jurídicas que poseen bienes en el extranjero, están obligadas a cumplir con el plazo para entregar sus respectivas Declaraciones obligatorias según se presenta a continuación.
Para asistir a las partes requeridas, el bufete de abogados RONALDO MARTINS & Advogados cuenta con un equipo dedicado, encabezado por el Head of International Taxation and Wealth Planning Strategies (Jefe de Fiscalidad Internacional y Estrategias de Planificación Patrimonial), Rodrigo Martins, para proporcionar asistencia y cumplimiento de estas obligaciones:
Declaración Económica-Financiera – DEF (SISBACEN RDE-IED) – TRIMESTRAL:
– Registro de DEF por empresas nacionales que reciban inversión extranjera directa en su capital social, en cualquier monto, y que tengan registrado PATRIMONIO NETO Y/O ACTIVOS TOTALES, al 31/03/2022, en monto igual o superior a doscientos cincuenta millones de reales (R$ 250.000.000,00).
– LÍMITE DE ENTREGA: 30/06/2022
DECLARACIÓN DE CAPITALES BRASILEÑOS EN EL EXTERIOR – TRIMESTRAL:
– Entrega de la DCBE por Personas Físicas o Jurídicas, residentes y domiciliadas en Brasil, que tenían, en 31/03/2022, activos por valor de US$ 100.000.000,00 (cien millones de dólares) o más.
– LÍMITE DE ENTREGA:
– Declaración trimestral para la fecha de referencia 31/03 – entre el 30/04 y las 18:00 del 5/06;
– Declaración trimestral para la fecha de referencia 30/06 – entre el 31/07 y las 18:00 del 5/09;
– Declaración trimestral para la fecha de referencia 30/09 – entre el 31/10 y las 18:00 del 5/12.
IMPORTANTE: La falta o el retraso en el suministro de la información relacionada con dichas obligaciones puede dar lugar a la aplicación de sanciones por parte del Banco Central.
Base Jurídica:
LA INVERSIÓN EXTRANJERA EN BRASIL Y LOS REGISTROS DEL SISBACEN – RDE-IED
El registro de capital extranjero en el Banco Central de Brasil se basa legalmente en las Leyes nº 4131, nº 9069 y nº 11371. La Resolución 3844, en su Anexo I, y la Circular 3889, con las modificaciones introducidas por la Resolución 4533 y las Circulares 3814 y 3822, reglamentan el registro de capital extranjero bajo la forma de inversión directa – IED:
Empresas receptoras de inversión extranjera directa con patrimonio neto o activos totales iguales o superiores a R$ 250.000.000,00.
Deben incluir en la opción específica del sistema RDE-IED, información económica y financiera, de acuerdo con el calendario a continuación:
Hasta el 31 de marzo, respecto a la fecha base del 31 de diciembre del año anterior;
Hasta el 30 de junio, en relación con la fecha base del 31 de marzo;
Hasta el 30 de septiembre, en relación con la fecha base del 30 de junio;
Hasta el 31 de diciembre, en relación con la fecha base del 30 de septiembre.
ACTIVOS DE LOS BRASILEÑOS EN EL EXTRANJERO (DCBE)
La Declaración de Capitales Brasileños en el Exterior (DCBE) en el Banco Central tiene como base jurídica la Resolución 3.854, de 27/05/2010 y la Circular 3.624, de 06/02/2013, que regulan la entrega de la DCBE Trimestral:
Quien tenga activos en el exterior por valor total superior a US$ 100.000.000,00 (cien millones de dólares) al 31 de marzo, 30 de junio y 30 de septiembre de cada año base – CBE Trimestral.
– Declaración trimestral en relación con la fecha base del 31 de marzo, en el período comprendido entre el 30 de abril y las 18:00 del 5 de junio;
– Declaración trimestral en relación con la fecha base del 30 de junio, en el período comprendido entre el 31 de julio y las 18:00 del 5 de septiembre;
– Declaración trimestral en relación con la fecha base del 30 de septiembre, en el período comprendido entre el 31 de octubre y las 18:00 del 5 de diciembre.