{"id":11427,"date":"2024-04-16T10:08:52","date_gmt":"2024-04-16T13:08:52","guid":{"rendered":"https:\/\/www.ronaldomartins.adv.br\/?p=11427"},"modified":"2024-04-16T10:08:52","modified_gmt":"2024-04-16T13:08:52","slug":"la-decision-del-stj-permite-el-uso-de-la-cnib-para-permitir-el-cumplimiento-de-obligaciones-en-la-ejecucion-civil","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.ronaldomartins.adv.br\/es\/16\/04\/2024\/la-decision-del-stj-permite-el-uso-de-la-cnib-para-permitir-el-cumplimiento-de-obligaciones-en-la-ejecucion-civil\/","title":{"rendered":"LA DECISI\u00d3N DEL STJ PERMITE EL USO DE LA CNIB PARA PERMITIR EL CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES EN LA EJECUCI\u00d3N CIVIL"},"content":{"rendered":"
AGILIDAD JUDICIAL EN EL COBRO DE DEUDAS CIVILES\u00a0 ATENCI\u00d3N Y CUIDADO<\/p>\n
\u00a0LA DECISI\u00d3N DEL STJ PERMITE EL USO DE LA CNIB PARA PERMITIR EL CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES EN LA EJECUCI\u00d3N CIVIL<\/p>\n
Una decisi\u00f3n dictada por la Tercera Secci\u00f3n del Superior Tribunal de Justicia (STJ) consider\u00f3 que el decreto de indisponibilidad de bienes del ejecutado a trav\u00e9s del sistema del Centro Nacional de Indisponibilidad de Bienes (CNIB) atiende a los principios de razonabilidad y proporcionalidad, por lo que no viola el principio de la carga menos onerosa para el deudor y s\u00f3lo cumple la funci\u00f3n de dar publicidad al acto de indisponibilidad. Por lo tanto, el juez puede ordenar que se registren los bienes del deudor y declararlos indisponibles a trav\u00e9s de la CNIB en un procedimiento de ejecuci\u00f3n civil.<\/p>\n
Sin embargo, el ponente, el magistrado Marco Aur\u00e9lio Bellizze, advirti\u00f3 de que esta medida, dada su subsidiariedad, s\u00f3lo deber\u00eda admitirse una vez agotados los medios ejecutivos t\u00edpicos.<\/p>\n
La CNIB, seg\u00fan la Disposici\u00f3n 39\/2014 de la Corregedur\u00eda Nacional de Justicia (CNJ), est\u00e1 constituida por un Sistema Electr\u00f3nico de Bases de Datos, gestionado por el Colegio de Registradores de la Propiedad, que se nutrir\u00e1 de las providencias de indisponibilidad decretadas tanto por el Poder Judicial como por los dem\u00e1s \u00f3rganos de la Administraci\u00f3n P\u00fablica, de conformidad con lo dispuesto en la ley. La finalidad es recibir y dar a conocer a los usuarios del sistema las \u00f3rdenes de no disponibilidad que afecten a bienes inmuebles y derechos sobre los mismos, as\u00ed como recibir comunicaciones sobre el levantamiento de dichas \u00f3rdenes de indisponibilidad.<\/u><\/strong><\/p>\n En el caso en cuesti\u00f3n, el Banco Safra -que present\u00f3 una demanda ejecutiva contra un fabricante de calzado, en curso desde 2013, sin que se haya avanzado en la satisfacci\u00f3n de la deuda- vio rechazado su recurso en primera instancia. En el recurso, el banco solicitaba una nueva b\u00fasqueda de los bienes de los ejecutados utilizando las herramientas de que dispone el Poder Judicial para la efectiva satisfacci\u00f3n de la deuda, en particular la CNIB.<\/p>\n En recurso especial ante el STJ, el Banco Safra persisti\u00f3 en su pretensi\u00f3n, demostrando la posibilidad de utilizaci\u00f3n de la medida at\u00edpica, con base en el art\u00edculo 139, IV, del C\u00f3digo de Proceso Civil. El ponente, magistrado Marco Aur\u00e9lio Belizze, acept\u00f3 el recurso, mencionando la sentencia \u00abde ADI 5.941\/DF, que recientemente declar\u00f3 la constitucionalidad de la aplicaci\u00f3n concreta de las medidas at\u00edpicas previstas en el art\u00edculo 139, IV, del CPC\/2015, desde que no invada derechos fundamentales y observe los principios de proporcionalidad y razonabilidad\u00bb. El ponente orden\u00f3 que se devolviera el expediente al tribunal de origen, para que el magistrado comprobara si se hab\u00edan agotado los medios ejecutivos t\u00edpicos, a fin de poder recurrir a la CNIB.<\/p>\n En conclusi\u00f3n, la adopci\u00f3n del CNIB permitir\u00e1 al poder judicial decretar la indisponibilidad de los bienes inmuebles de los deudores, con las consiguientes inscripciones en los registros de la propiedad, de forma autom\u00e1tica.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":" AGILIDAD JUDICIAL EN EL COBRO DE DEUDAS CIVILES\u00a0 ATENCI\u00d3N Y CUIDADO \u00a0LA DECISI\u00d3N DEL STJ PERMITE EL USO DE LA CNIB PARA PERMITIR EL CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES EN LA EJECUCI\u00d3N CIVIL Una decisi\u00f3n dictada por la Tercera Secci\u00f3n del Superior Tribunal de Justicia (STJ) consider\u00f3 que el decreto de indisponibilidad de bienes del ejecutado a […]<\/p>\n","protected":false},"author":3,"featured_media":11000,"comment_status":"closed","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[62],"tags":[],"class_list":["post-11427","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-articulos"],"acf":[],"yoast_head":"\n