La Procuraduría General de la Hacienda Nacional (PGFN) publicó el Edicto PGDAU n.º 11/2025, que consolida y amplía las posibilidades de negociación de las deudas inscritas en la deuda activa de la Unión. El plazo de adhesión finaliza el 30 de septiembre de 2025.
El nuevo edicto ofrece condiciones más ventajosas que las establecidas en 2024, ya que reúne en un único instrumento las principales modalidades de transacción tributaria disponibles en la actualidad.
Comparación: Transacciones 2024 x 2025
Criterio | 2024 | 2025 |
Edictos | Varios edictos separados (PGDAU 1/2022, 6/2024, etc.) | Edicto único: PGDAU n.º 11/2025, con cuatro modalidades unificadas. |
Modalidades disponibles | Separadas por tipo de débito | Unificadas: capacidad de pago, pequeño valor, irrecuperables, garantizadas. |
Descuentos máximos | Hasta el 65 % del total de la deuda. | Hasta el 70 % para MEI, PF y EPP, con posibilidad de reducción del 100 % de los intereses y multas. |
Pago a plazos | Hasta 120 meses | Hasta 133 meses, con posibilidad de exención de entrada. |
Transacción para MEI y pequeños importes | No había modalidad específica. | Nueva modalidad para débitos de hasta 60 salarios mínimos |
Deudas garantizadas | Sin reglas claras | Modalidad propia con entrada reducida y pago fraccionado sin descuento. |
Grandes deudores (más de 50 millones de reales) | Necesidad de una propuesta individual restringida | Nueva transacción individual PRJ con reglas objetivas |
Destinatarios | Empresas en general | Público ampliado: MEI, PF, EPP y deudas irrecuperables |
Fechas importantes
● Adhesión a las transacciones del Edicto n.º 11/2025: hasta el 30 de septiembre de 2025.
● Los débitos deben estar inscritos en la deuda activa hasta:
• 04/3/2025, para débitos de capacidad de pago, irrecuperables y garantizados;
• 02/6/2024, para débitos de pequeño importe.
Oportunidad de Regularización Fiscal
La nueva ronda de transacciones representa una excelente oportunidad para regularizar las deudas tributarias con condiciones más flexibles y accesibles, especialmente para los contribuyentes con dificultades financieras o con elevados importes en litigio judicial.
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